Corrección de errores de la Decisión 2004/437/CE de la Comisión, de 29 de abril de 2004, por la que se modifica la Decisión 2000/572/CE en lo relativo a las condiciones zoosanitarias y la certificación veterinaria de preparados de carne que transitan o están temporalmente almacenados en la Comunidad.

SectionDecision
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

Corrección de errores de la Decisión 2004/437/CE de la Comisión, de 29 de abril de 2004, por la que se modifica la Decisión 2000/572/CE en lo relativo a las condiciones zoosanitarias y la certificación veterinaria de preparados de carne que transitan o están temporalmente almacenados en la Comunidad

(Diario Oficial de la Unión Europea L 154 de 30 de abril de 2004)

La Decisión 2004/437/CE se leerá como sigue:

DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 29 de abril de 2004

por la que se modifica laDecisión 2000/572/CE en lo relativo a las condiciones zoosanitarias y la certificación veterinaria de preparados de carne que transitan o están temporalmente almacenados en la Comunidad

[notificada con el número C(2004) 1672]

(Texto pertinente aefectos del EEE)

(2004/437/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 2002/99/CE del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, por la que se establecen las normas zoosanitarias aplicables a la producción, transformación, distribución e introducción de los productos de origen animal destinados al consumo humano (1), y, en particular, el tercer inciso del apartado 5 de su artículo 8; la letra b) del apartado 2 y laletra c) del apartado 4 de su artículo 9,

Considerando lo siguiente:

(1) La Directiva 94/65/CE del Consejo (2) establece los requisitos aplicables a la producción y a la comercialización de carne picada y preparados de carne, incluidaslas condiciones de importación a la Comunidad.

(2) La Decisión 2000/572/CE de la Comisión (3) establece las condiciones zoosanitarias y de sanidad pública, así como la certificación veterinaria aplicables a las importaciones de preparadosde carne procedentes de terceros países.

(3) La Decisión 94/984/CE de la Comisión (4) establece las condiciones zoosanitarias y la certificación veterinaria para la importación de carne fresca de aves de corral desde determinados países.(4) La Decisión 2000/585/CE de la Comisión (5) establece las condiciones zoosanitarias y de sanidad pública, así como la certificación veterinaria aplicables a las importaciones de caza silvestre, carne de caza de cría y carne de conejo procedente de terceros países.

(5) La Directiva 97/78/CE del Consejo (6) establece los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los productos que se introduzcan en la Comunidad procedentes de terceros países; algunas disposiciones relativas al tránsito ya están previstas en el artículo 11, tales como la utilización de los mensajes ANIMO y el documento veterinario común de entrada.

(6) Sin embargo, para salvaguardar la situación sanitaria en la Comunidad, es necesario asegurar también que las partidas de preparados de carne que transitan por la Comunidad cumplan las condiciones zoosanitarias de importación aplicables en los países autorizados con respecto a las especies de que se trate.

(7) Se ha modificado recientemente la Decisión 79/542/CEE del Consejo, de 21 de...

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