Decreto 21826

GobiernoAdministrativa - Remuneraciones
Número de Edición21826
Fecha de Publicación31 de Diciembre de 1987

DECRETO SUPREMO Nº.- 21826

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que los monumentos históricos, repositorios y museos nacionales son tesoro cultural de la nación, según el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, siendo deber de éste confiar su cuidado y conservación a personal especializado idóneo;

Que el decreto supremo 19718 de 3 de agosto de 1983, elevado a ley en 5 de febrero de 1986 ha encomendado al Banco Central de Bolivia la administración y sostenimiento de la Casa de la Libertad, Biblioteca y Archivo Nacionales, casa de la Moneda y Museo de Etnografía y Folklore situados en las ciudades de Sucre, Potosí y La Paz;

Que es de interés de la nación la óptima preservación y administración de los mencionados monumentos, repositório y museo, esenciales para la actividad cultural y científica del país, reteniendo debidamente incentivado al personal altamente especializado encargado de su cuidado y manejo.

EN CONSEJO DE MINISTROS

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO.- Todos los directores empleados y demás personal de la Casa de la Libertad y el Archivo y Biblioteca Nacionales, en Sucre, Casa de la Moneda en Potosí y Museo Nacional de Etnografía y Folklore en La Paz, dependientes del Banco Central de Bolivia por disposición del decreto supremo 19718 de 3 de agosto de 1983 elevado a ley en 5 de febrero de 1986, serán incluidos a partir de la fecha en las respectivas planillas de sueldos y salarios del banco emisor, debiendo ser...

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