Decreto 24624

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Transporte
Número de Edición24624
Fecha de Publicación17 de Junio de 1997

DECRETO SUPREMO Nº 24624

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política del Estado en su artículo 22 dispone que la expropiación se impone por causa de utilidad pública calificada conforme a la Ley de 30 de diciembre de 1884, que elevó a rango de ley el Decreto Reglamentario de 4 de abril de 1879; la cual dispone los procedimientos, formalidades y requisitos que han de cumplirse para la expropiación de bienes que han de ser afectados por la ejecución de obras públicas por causa de utilidad pública declarada expresamente, en virtud a que el Estado boliviano se ve obligado a cubrir necesidades colectivas, afectando la propiedad privada y reconociendo una justa, previa y suficiente indemnización;

Que la ciudad de Sucre, Capital de la República de Bolivia, sede de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, es patrimonio histórico y cultural de Bolivia, sede de acontecimientos internacionales;

Que es de interés nacional y regional la futura construcción de un nuevo aeropuerto en el Departamento de Chuquisaca, preveyendo las proyecciones de crecimiento poblacional y que corresponda a la Capital de la República;

Que la construcción del nuevo aeropuerto, afecta superficies considerables de terrenos y fundos de carácter privado, siendo indispensable proceder a la expropiación de los inmuebles afectados por la obra pública a ejecutar, la misma que tiene por objeto directo proporcionar al Estado el uso y disfrute en beneficio común;

Que con arreglo a la leyes de la materia, es necesario dictar las normas legales que dispongan la expropiación forzosa de los inmuebles que serán afectados, así como conceder el permiso para la ejecución de tan importante obra.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

ARTÍCULO 1.- Se declara de necesidad y utilidad públicala construcción de un nuevo aeropuerto en el Departamento de Chuquisaca, en la Segunda Sección de la Provincia Yamparaez.

ARTÍCULO 2.- Declarar de necesidad y utilidad pública y disponer la expropiación de los terrenos necesarios ubicados en las comunidades de Pampa Yampara, Quirahuani y Alcantarí por una extensión superficial de DOSCIENTAS HECTAREAS (200.-Ha.) a favor de la Prefectura del Departamento de Chuquisaca, destinados a la construcción del nuevo Aeropuerto de la ciudad de Sucre.

ARTÍCULO 3.- El procedimiento administrativo de expropiación se regirá por las leyes vigentes que regulan la materia quedando encargada de la...

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