Decreto 28719

GobiernoAdministrativa - Organización Institucional
Número de Edición28719
Fecha de Publicación19 de Mayo de 2006

DECRETO SUPREMO N° 28719

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que el Estado tiene la ineludible obligación de garantizar y defender el capital humano, así como la salud de su población, siendo ambos derechos consagrados por el Artículo 7 de la Constitución Política del Estado, es también deber del Estado determinar los mecanismos e instancias para cumplir con esta obligación primordial.

Que las instancias competentes para garantizar tanto el capital humano como la salud de la población son el Ministerio de Salud y Deportes, así como los Entes Gestores en Salud.

Que los Entes Gestores a cargo de las Cajas de Salud administran la gestión, aplicación y ejecución del Régimen de Seguridad Social a Corto Plazo (Enfermedad, Maternidad y Riesgos Profesionales a Corto Plazo).

Que la Caja Nacional de Salud, como principal Ente Gestor en Seguridad Social, reconocida como Institución Descentralizada de Derecho Público, sin fines de lucro, con personalidad jurídica, autonomía de gestión y patrimonio independiente, tiene como misión brindar la protección integral en el campo de salud a toda su población asegurada.

Que tomando en cuenta que la Caja Nacional de Salud como primer Ente Gestor de Seguridad Social de los Regímenes a Corto Plazo, es la más importante por su numerosa población asegurada, con el propósito de que cumpla sus eminentes funciones de protección al capital humano, en condiciones compatibles con la realidad económica y social del País, precisaba contar con personal de primer nivel, altamente capacitado y de reconocida trayectoria, emitiéndose para tal fin el Decreto Supremo Nº 26495 de 4 de febrero de 2002, modificado por el Decreto Supremo Nº 26637 de 24 de mayo de 2002.

Que el objeto del Decreto Supremo Nº 26495 fue el de “...implementar la institucionalización de la Caja Nacional de Salud - CNS...”, instruyendo para este propósito al Ministerio de Salud y Previsión Social, iniciar el correspondiente proceso, fijando lineamientos claros y precisos establecidos en el citado Decreto Supremo.

Que en primera instancia el Decreto Supremo Nº 26495, dispuso la institucionalización de la Caja Nacional de Salud en todos sus niveles, debiendo efectuarse a través de Convocatorias Públicas por Empresas Especializadas en la selección y contratación de recursos humanos, al amparo de lo previsto por el Artículo 10 del Decreto Supremo Nº 25749 de 27 de octubre de 1999.

Que ante la evidencia del Proceso de Institucionalización de la Caja Nacional de Salud tuvo resultados positivos, debiendo obligatoriamente continuar con el mismo, siendo preciso para este efecto...

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