Decreto de 26 de julio de 1932

GobiernoAdministrativa - Organización Institucional
Fecha de Publicación 1 de Enero de 1932

Día 26

DECRETOS SUPREMOS

CRUZ ROJA BOLIVIANA. - Se reorganiza, con la dirección de un Comité Nacional.

DANIEL SALAMANCA

Presidente Constitucional de la República.

CONSIDERANDO:

Que es urgente reorganizar la «Cruz Roja Boliviana», centralizando la administración de las numerosas agrupaciones que se han organizado y anuncian organizarse, para el lleno de sus deberes humanitarios;

DECRETA:

Artículo 1°- Se reorganiza la «Cruz Roja Boliviana», conforme a sus estatutos aprobados por Resolución Suprema de 30 de octubre de 1918. El reglamento a que sujetará sus actividades será formulado por la Dirección General de Sanidad, para su aprobación.

Artículo 2°- Un Comité Nacional compuesto de tres miembros, nombrados por el Gobierno, tendrá la dirección superior en la República; y de él dependerán sin excepción, todas las sociedades de la Cruz Roja, enfermeras, voluntarias, etc., que estén organizadas o lleguen a organizarse en lo sucesivo. En las capitales de departamento y de provincias, y en las demás poblaciones donde se establezcan servicios de igual índole, funcionarán comités departamentales y provinciales de tres miembros directores.

Artículo 3°- Ninguna agrupación de carácter público o privado podrá en lo sucesivo instalarse sin autorización previa del comité nacional; ni usar la insignia de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR