Decreto 26316

GobiernoAdministrativa - Concesiones
Número de Edición26316
Fecha de Publicación13 de Septiembre de 2001

DECRETO SUPREMO N° 26316

JORGE QUIROGA RAMIREZ

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 1788 de 16 de septiembre de 1997, de Organización del Poder Ejecutivo - LOPE y sus Disposiciones Reglamentarias, determinan el modelo de gestión pública y estructura organizacional y funcional del Poder Ejecutivo, estableciendo las competencias y atribuciones de los órganos, entidades e instituciones componentes del Poder Ejecutivo.

Que el Consejo Nacional de Política Económica - CONAPE, establecido, por la referida Ley, como órgano de coordinación del Poder Ejecutivo y, determinada su composición mediante Decreto Supremo N° 24855 de 22 de septiembre de 1997; requiere incorporar a su conformación al Ministro de Vivienda y Servicios Básicos, con el objeto de ampliar y perfeccionar el criterio de análisis de dicha instancia, en relación directa con las políticas de vivienda que el Gobierno de la Nación viene implementando, con las consecuentes derivaciones de orden económico que estas tienen.

Que en ese contexto, es necesario, mediante Decreto Supremo realizar la modificación de la conformación del CONAPE, en el marco de lo establecido por la LOPE y sus Disposiciones Reglamentarias.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

D E C R E T A:

ARTICULO 1. (OBJETO).- El Presente Decreto Supremo tiene como objeto establecer la nueva conformación del Consejo Nacional de Política Económica, en el marco de la LOPE y sus Disposiciones Reglamentarias.

ARTICULO 2. (MODIFICACION).- Se modifica el parágrafo I del Artículo 48 del Decreto Supremo N° 24855, de la siguiente manera:

I. El Consejo Nacional de Política Económica (CONAPE), estará integrado por el Ministro de Hacienda, que lo presidirá en ausencia o por delegación del Presidente de la República, el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR