Sentencia Constitucional 78/2015

GobiernoEvo Morales Ayma
Número de Edición865NEC
Fecha de Publicación15 de Junio de 2016
Tipo de EdiciónNormal

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0078/2015 Sucre, 9 de septiembre de 2015 SALA PLENA Magistrada Relatora: Dra. Neldy Virginia Andrade Martínez Acción de inconstitucionalidad concreta 06308-2014-13-AIC Chuquisaca

Expediente: Departamento:

En la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Ricardo Javier Arellano Albornoz ante Farid Nassar Donoso, Juez Segundo de Partido Mixto, de Sentencia Penal y Liquidador del departamento de Chuquisaca, demandando la inconstitucionalidad del art. 222 del Código Penal (CP), modificado por la Ley 004 de 31 de marzo de 2010, por ser presuntamente contrario a los arts. 8.II, 14.I, II y III, 22, 23.I y III; y, 117.III de la Constitución Política del Estado (CPE). POR TANTO El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Plena, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.2 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; resuelve, declarar: la CONSTITUCIONALIDAD del art. 222 del Código Penal, respecto a los cargos de inconstitucionalidad expuestos en la acción de inconstitucionalidad concreta. Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional. Fdo. Dr. Zenón Hugo Bacarreza Morales PRESIDENTE, Dr. Ruddy José Flores Monterrey , Dra. Neldy Virginia Andrade , Martínez Tata Efren Choque Capuma, Dr. Macario Lahor Cortez Chávez , Dra. Mirtha Camacho Quiroga, Dr. Juan Oswaldo Valencia Alvarado.

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