Sentencia Constitucional 60/2015

GobiernoEvo Morales Ayma
Número de Edición865NEC
Fecha de Publicación15 de Junio de 2016
Tipo de EdiciónNormal

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2015 Sucre, 16 de julio de 2015 SALA PLENA Magistrado Relator: Dr. Macario Lahor Cortez Chavez Acción de inconstitucionalidad concreta

Expediente: 08589-2014-18-AIC Departamento: La Paz En la acción de inconstitucionalidad concreta promovida por Nelly Jannette Segales Jarro, Jueza Disciplinaria Primera del Consejo de la Magistratura, a instancia de Edwin Flores Copa Juez Décimo Tercero de Partido Civil y Comercial, ambos del departamento de La Paz, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 186.8 y 187.14 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), por ser presuntamente contrarios al debido proceso en sus elementos de legalidad, taxatividad, tipicidad y a la defensa, previstos por los arts. 109.II, 115.II, 116.II, 119.II y 232 de la Constitución Política del Estado (CPE). POR TANTO La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.2 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, resuelve declarar: 1º La INCONSTITUCIONALIDAD del art. 186.8 de la LOJ. 2º La CONSTITUCIONALIDAD del art. 187.14 de la LOJ. Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional. No intervienen los Magistrados Dr. Juan Oswaldo Valencia Alvarado y Tata Efren Choque Capuma, por ser de votos disidentes. Fdo. Dr. Zenón Hugo Bacarreza Morales PRESIDENTE, Dr. Macario Lahor Cortez...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR