Sentencia Constitucional 2769

GobiernoEvo Morales Ayma
Número de Edición859NEC
Fecha de Publicación18 de Mayo de 2016
Tipo de EdiciónNormal

DECRETO SUPREMO N° 2769 EVO MORALES AYMA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA CONSIDERANDO: Que el numeral 8 del Artículo 172 de la Constitución Política del Estado, determina como atribución de la Presidenta o del Presidente del Estado, dictar decretos supremos y resoluciones. Que el numeral 5 del Parágrafo I del Artículo 175 del Texto Constitucional, establece que las Ministras y los Ministros de Estado tienen como atribución, proponer proyectos de Decreto Supremo y suscribirlos con la Presidenta o Presidente del Estado. Que el Artículo 1 de la Ley de 16 de enero de 1934, autoriza al Poder Ejecutivo actual Órgano Ejecutivo, adquirir el Edificio propio del Club de La Paz y con destino al funcionamiento de las altas reparticiones del sector público. Que de conformidad con el Artículo 164 del Decreto Supremo N° 0181, de 28 de junio de 2009, Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, corresponde al Ministerio de Relaciones Exteriores regularizar el derecho propietario del bien inmueble en el cual tiene sus instalaciones y cumple sus funciones. EN CONSEJO DE MINISTROS, DECRETA: ARTÍCULO ÚNICO.I. Se autoriza al Ministerio de Relaciones Exteriores, realizar los trámites necesarios para el perfeccionamiento del derecho propietario ante las oficinas de Derechos Reales como primer registro a nombre de esta Cartera de Estado, con la creación de una nueva partida del bien inmueble ubicado en la calle Junín esquina calle Ingavi Nº 1099 de la ciudad de La Paz, con Código Catastral 002-0002-0003, con una superficie de terreno de 1.634,23 m2...

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