Resolución Ministerial 29-16
Gobierno | Evo Morales Ayma |
Número de Edición | 834NEC |
Fecha de Publicación | 18 de Febrero de 2016 |
Tipo de Edición | Normal |
RESOLUCIÓN MINISTERIAL No 29 La Paz, 12 de febrero de 2016
VISTOS:
El Informe Técnico VMTEL - DGSTEL No. 0054/2015 de 24 de diciembre de 2015 de la Dirección General de Servicios en Telecomunicaciones del Viceministerio de Telecomunicaciones y el Informe Jurídico MOPSV - DGAJ No. 029/2016 de 19 de enero de 2016 y todo lo que se tuvo presente;
CONSIDERANDO:
Que el parágrafo I del Artículo 20 de la Constitución Política del Estado, dispone que toda persona tiene derecho al acceso universal y equitativo a los servicios básicos de agua potable, alcantarillado, gas domiciliario, postal y telecomunicaciones.
Que el parágrafo II del Artículo 20 del Texto Constitucional, establece que es responsabilidad del Estado, en todos sus niveles de gobierno la provisión de los servicios básicos a través de entidades públicas, mixtas, cooperativas o comunitarias.
Que el numeral 3 del parágrafo II del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, señala que es competencia exclusiva del nivel central del Estado el servicio postal.
Que el Decreto Supremo No. 2617 de 02 de diciembre de 2015, aprueba el reglamento a la Ley No. 164 de 8 de agosto de 2011, General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación para el sector postal, estableciendo en su Disposició Transitoria Cuarta, inciso a) que el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda aprobará los montos de categorización del Certificado Anual de Operaciones y los requisitos para las licencias y renovaciones.
Que el parágrafo II del Artículo Único del Decreto Supremo No. 2617, señala que todos los aspectos complementarios que se requieran para la aplicación del Reglamento del Servicio Postal serán establecidos mediante Resolución Ministerial emitida por el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda.
Que el Informe Técnico VMTEL-DGSTEL No. 0054/2015 de 24 de diciembre de 2015, emitido por la Dirección General de Servicios en Telecomunicaciones del Viceministerio de Telecomunicaciones, considera la .viabilidad de la emisión de la Resolución Ministerial, que normará los aspectos necesarios para la operativización y aplicación del Decreto Supremo No. 2617 reglamento de la Ley No. 164, de 08 de agosto de 2011, General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y...
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