Poder ejecutivo. Instituto tlaxcalteca para personas con discapacidad reglas de operación del programa: “apoyos asistenciales para personas con discapacidad mental o intelectual 2017”.

Fecha de publicación15 Marzo 2017
Número de Gaceta11-2ª SECC
por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI 2010), se identificaron a 53 mil 895 residentes con alguna dificultad física o mental para realizar actividades de la vida cotidiana, lo que representa el 4.6 por ciento de la población total y de estos 3 mil 404 (0.3% del total de la población), presenta alguna discapacidad mental o intelectual

Que el Ejecutivo del Estado por conducto del Instituto Tlaxcalteca para Personas con Discapacidad (ITPCD), pone en marcha el PROGRAMA “APOYOS ASISTENCIALES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD MENTAL O INTELECTUAL 2017”, a través del cual tiene la gran encomienda de contribuir a lograr la plena inclusión de las personas con discapacidad en todos los ámbitos de la sociedad, por lo que está comprometido a brindar con calidez y humanismo todos los servicios gratuitos que este otorga

A efecto de dar cumplimiento a lo anterior, se emiten las siguientes: REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA: “APOYOS ASISTENCIALES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD MENTAL O INTELECTUAL 2017” CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES PRIMERA. Las presentes reglas de operación tienen por objeto regular la operación y ejecución del PROGRAMA: “APOYOS ASISTENCIALES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD MENTAL O INTELECTUAL 2017”, a cargo del Instituto Tlaxcalteca para Personas con Discapacidad (ITPCD).

SEGUNDA. El PROGRAMA: “APOYOS ASISTENCIALES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD MENTAL O INTELECTUAL 2017”, tiene dentro de sus objetivos: a) Proveer ayudas técnicas que brinden posibilidades de una mejor calidad de vida a la población con discapacidad mental o intelectual.

b) Proporcionar apoyos económicos y/o en especie exclusivamente para casos de discapacidad mental o intelectual, que posibiliten la rehabilitación y el acceso a la salud de las personas con discapacidad mental o intelectual.

c) Establecer acciones destinadas a la atención de la salud y la rehabilitación física de las persona con discapacidad mental o intelectual.

TERCERA. Para efectos de estas reglas de operación, se entenderá por: Ayuda técnica: A los dispositivos tecnológicos y materiales que permitan compensar, mitigar o neutralizar la discapacidad o deficiencia, y que contribuyen al mejoramiento de la autonomía personal, y la calidad de vida de las personas con discapacidad mental o intelectual.

Apoyo económico: Consiste en la entrega de apoyos económicos y/o en especie para ayudar en los procesos de rehabilitación, salud y educación de las personas con discapacidad mental o intelectual.

CRI-Escuela: Centro de Rehabilitación Integral y Escuela de Terapia Física y Rehabilitación.

Discapacidad: Cualquier restricción o impedimento de la capacidad de las personas, debido a una deficiencia de carácter temporal, permanente o intermitente para realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para el ser humano.

Discapacidad mental o Intelectual: Persona que presente un desarrollo metal incompleto o detenido, caracterizado por el deterioro de las funciones concretas de cada etapa del desarrollo de las personas y que afectan a nivel global la inteligencia, las funciones cognitivas, del lenguaje, motrices y de socialización.

Estado: Al Estado de Tlaxcala.

ITPCD: Instituto Tlaxcalteca para Personas con Discapacidad.

OPD SALUD DE TLAXCALA: Organismo Público Descentralizado de Salud de Tlaxcala, (Centro de Salud).

Persona con discapacidad: Persona con deficiencias físicas, mentales intelectuales o sensoriales que al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con los demás.

Población objetivo: Todas aquellas personas que residen en el estado y que padecen alguna discapacidad (temporal o permanente), ya sea física, intelectual, sensorial o mental, como una consecuencia de malformaciones congénitas, enfermedades transmisibles, enfermedades crónico- degenerativas, accidentes u otras.

Rehabilitación: Conjunto de acciones médicas, psicológicas, sociales, educativas, recreativas y ocupacionales de duración determinada, cuyo objetivo es que las personas con discapacidad puedan obtener su máximo grado de recuperación y desarrollen sus capacidades remanentes, proporcionándoles así los medios necesarios para mejorar su calidad de vida.

Servicio: Todas las acciones que brinda el Instituto Tlaxcalteca para Personas con Discapacidad (ITPCD) en beneficio de la población que presenta alguna discapacidad.

Ley: Ley para Personas con Discapacidad del Estado de Tlaxcala.

CUARTA. Con la finalidad de evitar la duplicidad en la entrega de los apoyos mencionados y potenciar el impacto de los recursos, así como reducir gastos administrativos, se establecerán mecanismos de coordinación interinstitucionales con las siguientes instancias: Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia (SEDIF),...

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