Resolución CD-SIBOIF-811-1-DIC3-2013, NORMA SOBRE ACTUALIZACIÓN DEL MONTO DE LOS DEPÓSITOS DE AHORRO DE PERSONAS NATURALES QUE SON INEMBARGABLES

NORMA SOBRE ACTUALIZACIÓN DEL MONTO DE LOS DEPÓSITOS DE AHORRO DE PERSONAS NATURALES QUE SON INEMBARGABLES

Resolución N° CD-SIBOIF-811-1-DIC3-2013

De fecha 03 de diciembre de 2013

Publicada en La Gaceta No. 9 del 16 de Enero de 2014

NORMA SOBRE ACTUALIZACIÓN DEL MONTO DE LOS DEPÓSITOS DE AHORRO DE PERSONAS NATURALES QUE SON INEMBARGABLES

El Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras,

CONSIDERANDO

I

Que el artículo 43 de la Ley No. 561, Ley General de Bancos, Instituciones Financieras no Bancarias y Grupos Financieros, publicada en la Gaceta No. 232, del 30 de Noviembre del 2005 (Ley General de Bancos), establece que los depósitos de ahorro de personas naturales que tengan por lo menos seis meses de duración en un mismo banco depositario, contados desde el momento de apertura de la cuenta, serán inembargables hasta por un monto de ciento cincuenta mil córdobas en total por persona, a menos que se trate de exigir alimentos, o que dichos fondos tengan como origen un delito. Asimismo, dicho artículo ordena al Consejo Directivo actualizar este monto por lo menos cada dos años en caso de variaciones cambiarias de la moneda nacional.

II

Que para actualizar el monto de los depósitos de ahorro de personas naturales que es inembargable se aplicará el método de cálculo consistente en convertir a dólares, moneda de los Estados...

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