Resolución CD-SIBOIF-760-3-DIC11-2012, NORMA DE ACTUALIZACIÓN DEL CAPITAL DE LOS ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO

NORMA DE ACTUALIZACIÓN DEL CAPITAL DE LOS ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO

Resolución N° CD-SIBOIF-760-3-DIC11-2012 Aprobado el 11 de Diciembre de 2012

Publicado en la Gaceta No. 10 de 18 de Enero del 2013

El Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras,

CONSIDERANDO

I

Que el artículo 23 de la Ley 734, Ley de Almacenes Generales de Depósito, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, Número 201 y 202, del 21 y 22 de octubre del 2010, respectivamente, en sus partes conducentes establece que el capital social mínimo de un Almacén nacional o la sucursal de un Almacén extranjero será de veinticuatro millones de córdobas (C$24,000,000.00).

II

Que el referido artículo 23 mandata al Consejo Directivo de esta Superintendencia a actualizar el monto del capital social mínimo requerido por lo menos cada dos años en caso de variaciones cambiarias de la moneda nacional.

III

Que de acuerdo a lo antes expuesto y con base a las facultades previstas en el artículo 2, párrafo segundo de la referida Ley 734; y artículo 3, numeral 3) de la Ley 316, Ley de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, y sus reformas.

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

La siguiente:

Resolución N° CD-SIBOIF-760-3-DIC11-2012

NORMA DE ACTUALIZACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL DE LOS ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO

Artículo 1 Actualización de capital social.- Se actualiza en veintiséis millones quinientos mil córdobas (C$26,500,000.00) el capital social mínimo requerido para los almacenes generales de depósito nacionales y sucursales de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR