Edición Especial No. 1072

Fecha de publicación13 Octubre 2023
Año II - Nº 1072 - 66 páginas
Quito, viernes 13 de octubre de 2023
Edición Especial
GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN GUALAQUIZA
ORDENANZA DEL
PRESUPUESTO GENERAL
MUNICIPAL Y SUS ANEXOS, PARA EL
EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2023
Edición Especial Nº 1072 - Registro Ocial
2
Viernes 13 de octubre de 2023
1
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE GUALAQUIZA
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la República del Ecuador manda (Art. 238) “Los Gobiernos
autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera,
y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial,
integración y participación ciudadana…”; (Art. 295) La Función Ejecutiva presentará a
la Asamblea Nacional la proforma presupuestaria anual y la programación presupuestaria
cuatrianual durante los primeros noventa días de su gestión, …. 144 Hasta que se apruebe
el presupuesto del año en que se posesiona la Presidenta o Presidente de la República,
regirá el presupuesto anterior. Cualquier aumento de gastos durante la ejecución
presupuestaria deberá ser aprobado por la Asamblea Nacional, dentro del límite
establecido por la ley. …”.
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
manda (Art. 60) “Le corresponde al alcalde o alcaldesa: (…) g) Elaborar (…) la
correspondiente proforma presupuestaria institucional conforme al plan cantonal de
desarrollo y de ordenamiento territorial, observando los procedimientos participativos
señalados en este Código. La proforma del presupuesto institucional deberá someterla a
consideración del Concejo Municipal para su aprobación.”; (Art. 57) “Al Concejo
Municipal le corresponde: (…) a) El ejercicio de la facultad normativa en las materias de
competencia del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal, mediante la expedición
de ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones; (…) g) Aprobar u observar el
presupuesto del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal, que deberá guardar
coordinación con el plan cantonal de desarrollo y con el de ordenamiento territorial; así
como garantizar una participación ciudadana en el marco de la Constitución y la Ley…”;
(Art. 267) “Los presupuestos de las empresas públicas de los gobiernos autónomos
descentralizados, sean de servicios públicos o de cualquier otra naturaleza, se presentarán
como anexos en el presupuesto general del respectivo gobierno; serán aprobados por sus
respectivos directorios y pasarán a conocimiento del órgano legislativo correspondiente.
Entre los egresos constarán obligatoriamente las partidas necesarias para cubrir el servicio
de intereses y amortización de préstamos.”; (Capítulo VII) “Presupuesto de los Gobiernos
Autónomos Descentralizados”, desde el artículo 215 hasta el artículo 273;
Qué, el artículo 220 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y
Descentralización determina que la estructura del presupuesto se ceñirá a las
disposiciones expresamente consignadas en este Código, en la ley respectiva, en la
reglamentación general que expedirá el gobierno central y en la normativa que dicte el
gobierno autónomo descentralizado respectivo;
Qué, el artículo 221 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y
Descentralización consagra que el presupuesto de los gobiernos autónomos
descentralizados constará de las siguientes partes:
a) Ingresos;
b) Egresos; y,
e) Disposiciones generales.
Registro Ocial - Edición Especial Nº 1072
3
Viernes 13 de octubre de 2023
1
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE GUALAQUIZA
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la República del Ecuador manda (Art. 238) “Los Gobiernos
autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera,
y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial,
integración y participación ciudadana…”; (Art. 295) La Función Ejecutiva presentará a
la Asamblea Nacional la proforma presupuestaria anual y la programación presupuestaria
cuatrianual durante los primeros noventa días de su gestión, …. 144 Hasta que se apruebe
el presupuesto del año en que se posesiona la Presidenta o Presidente de la República,
regirá el presupuesto anterior. Cualquier aumento de gastos durante la ejecución
presupuestaria deberá ser aprobado por la Asamblea Nacional, dentro del límite
establecido por la ley. …”.
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
manda (Art. 60) “Le corresponde al alcalde o alcaldesa: (…) g) Elaborar (…) la
correspondiente proforma presupuestaria institucional conforme al plan cantonal de
desarrollo y de ordenamiento territorial, observando los procedimientos participativos
señalados en este Código. La proforma del presupuesto institucional deberá someterla a
consideración del Concejo Municipal para su aprobación.”; (Art. 57) “Al Concejo
Municipal le corresponde: (…) a) El ejercicio de la facultad normativa en las materias de
competencia del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal, mediante la expedición
de ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones; (…) g) Aprobar u observar el
presupuesto del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal, que deberá guardar
coordinación con el plan cantonal de desarrollo y con el de ordenamiento territorial; así
como garantizar una participación ciudadana en el marco de la Constitución y la Ley…”;
(Art. 267) “Los presupuestos de las empresas públicas de los gobiernos autónomos
descentralizados, sean de servicios públicos o de cualquier otra naturaleza, se presentarán
como anexos en el presupuesto general del respectivo gobierno; serán aprobados por sus
respectivos directorios y pasarán a conocimiento del órgano legislativo correspondiente.
Entre los egresos constarán obligatoriamente las partidas necesarias para cubrir el servicio
de intereses y amortización de préstamos.”; (Capítulo VII) “Presupuesto de los Gobiernos
Autónomos Descentralizados”, desde el artículo 215 hasta el artículo 273;
Qué, el artículo 220 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y
Descentralización determina que la estructura del presupuesto se ceñirá a las
disposiciones expresamente consignadas en este Código, en la ley respectiva, en la
reglamentación general que expedirá el gobierno central y en la normativa que dicte el
gobierno autónomo descentralizado respectivo;
Qué, el artículo 221 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y
Descentralización consagra que el presupuesto de los gobiernos autónomos
descentralizados constará de las siguientes partes:
a) Ingresos;
b) Egresos; y,
e) Disposiciones generales.
El presupuesto contendrá, además, un anexo con el detalle distributivo de sueldos y
salarios, y financiamiento para dar cumplimiento a los contratos colectivos, actas
transaccionales o sentencias dictadas sea por los tribunales de conciliación y arbitraje o,
los jueces laborales o constitucionales;
Qué, el artículo 223 del Código ibídem determina que los ingresos presupuestarios se
dividirán en los siguientes títulos: Título I. Ingresos tributarios; Título II. Ingresos no
tributarios; y, Título III. Empréstitos;
Qué, el Artículo 228 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y
Descentralización determina que los gastos se agruparán en áreas, programas,
subprogramas, proyectos y actividades. En cada programa, subprograma, proyecto y
actividad deberán determinarse los gastos corrientes y los proyectos de inversión,
atendiendo a la naturaleza económica predominante de los gastos, y deberán estar
orientados a garantizar la equidad al interior del territorio de cada gobierno autónomo
descentralizado.
Los egresos de los programas, subprogramas, proyectos y actividades se desglosarán,
además, uniformemente en las partidas por objeto o materia del gasto, que sean necesarias
para la mejor programación; por otro lado el artículo 229 del mismo cuerpo Legal
establece que todos los gastos que realicen las dependencias y servicios de los gobiernos
autónomos descentralizados tienen que incluirse en una unidad de asignación. Serán
unidades de asignación los programas, subprogramas, proyectos y actividades;
Que, el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas manda (Art. 8) “Cada
nivel de gobierno definirá los procedimientos para la formulación de presupuestos
participativos, de conformidad con la ley, en el marco de sus componentes y prioridades
definidas en los planes de desarrollo y de ordenamiento territorial.” (Art. 12) “La
planificación del desarrollo y el ordenamiento territorial es competencia de los gobiernos
autónomos descentralizados en sus territorios. Se ejercerá a través de sus planes propios
y demás instrumentos, en articulación y coordinación con los diferentes niveles de
gobierno, en el ámbito del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación
Participativa.”; (Art. 96) “…Con la finalidad de asegurar una adecuada coordinación en
todas las fases del ciclo presupuestario, el ente rector de las finanzas públicas emitirá
lineamientos a todas las entidades del Sector Público, excepto los Gobiernos Autónomos
Descentralizados. Estos lineamientos serán referenciales para los Gobiernos Autónomos
Descentralizados.”; y,
Que, el Concejo Cantonal del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de
Gualaquiza ha considerado realizar la modalidad de presupuesto participativo con las
diferentes comunidades del cantón y sus Barrios, distribuyendo de manera equitativa el
presupuesto, considerando a las parroquias urbanas y suburbana de Gualaquiza, sus
Barrios Urbanos y Rurales así como las necesidades básicas insatisfechas y el aspecto
poblacional, lo que ha permitido realizar un presupuesto municipal participativo para el
año 2023.
Qué, el artículo 83 del Reglamento al Código Orgánico de Planificación y Finanzas
Públicas establece que la Programación presupuestaria en el año que se posesiona

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR