Decisión de la Comisión, de 21 de mayo de 2008, por la que se modifica la Decisión 2003/467/CE en lo que respecta a la declaración de que una determinada región administrativa de Italia está oficialmente indemne de tuberculosis bovina y de que determinadas regiones administrativas de Polonia están oficialmente indemnes de leucosis bovina enzoótica [notificada con el número C(2008) 1876] (1)

SectionActa final
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

II (Actos adoptados en aplicación de los Tratados CE/Euratom cuya publicación no es obligatoria) DECISIONES COMISIÓN DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 21 de mayo de 2008 por la que se modifica la Decisión 2003/467/CE en lo que respecta a la declaración de que una determinada región administrativa de Italia está oficialmente indemne de tuberculosis bovina y de que determinadas regiones administrativas de Polonia están oficialmente indemnes de leucosis bovina enzoótica [notificada con el número C(2008) 1876] (Texto pertinente a efectos del EEE) (2008/404/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 64/432/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1964, relativa a problemas de policía sanitaria en materia de intercambios intracomunitarios de animales de las especies bovina y porcina (1), y, en particular, su anexo A, capítulo I, punto 4, y su anexo D, capítulo I, letra E,

Considerando lo siguiente:

(1) La Directiva 64/432/CEE establece la posibilidad de declarar que un Estado miembro o una de sus partes o regiones está oficialmente indemne de tuberculosis bovina y leucosis bovina enzoótica por lo que respecta a los rebaños bovinos, siempre que se cumplan determinadas condiciones recogidas en dicha Directiva.

(2) En la Decisión 2003/467/CE de la Comisión, de 23 de junio de 2003, por la que se establece el estatuto de determinados Estados miembros y regiones de Estados miembros oficialmente indemnes de tuberculosis, brucelosis y leucosis bovina enzoótica en relación con rebaños bovinos (2), figuran las listas de las regiones de los Estados miembros declaradas indemnes de tuberculosis bovina y leucosis bovina enzoótica.

(3) Italia ha presentado a la Comisión documentación que demuestra el cumplimiento de las condiciones pertinentes previstas en la Directiva 64/432/CEE en lo que respecta a todas las provincias de la región de Véneto, con el fin de que esta región pueda ser declarada región de Italia oficialmente indemne de tuberculosis bovina.

(4) Tras evaluar la documentación remitida, la región de Italia en cuestión debe ser declarada región de este Estado miembro oficialmente indemne de tuberculosis bovina.

(5) Asimismo, Polonia ha presentado a la Comisión documentación que demuestra el cumplimiento de las condiciones pertinentes previstas en la Directiva 64/432/CEE en lo que respecta a dos regiones administrativas (distritos) pertenecientes a la unidad...

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