Decreto no. 51. Por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo 125 del reglamento interior del congreso del Estado de Tlaxcala.

Fecha de publicación07 Diciembre 2017
Número de GacetaEXT
3, 5 fracción I, 9 fracción II y 10 apartado A fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Tlaxcala, se adiciona un párrafo segundo al artículo 125 del Reglamento Interior del Congreso del Estado de Tlaxcala, para quedar como sigue Artículo 125. … Sólo para el caso de los dictámenes derivados de las iniciativas con proyectos de leyes de ingresos de los municipios, por mayoría simple de los diputados presentes, podrá dispensarse la lectura de los mismos, siempre y cuando el dictamen se haya hecho del conocimiento de los diputados integrantes de la Legislatura, al menos con cuarenta y ocho horas de anticipación a la sesión que corresponda; tanto en forma impresa como digital

De aprobarse la omisión de la lectura, la comisión competente deberá presentar ante el Pleno una síntesis de cada uno de los dictámenes con proyecto de Ley, Decreto o Acuerdo, según corresponda, y se procederá a su discusión y, en su caso aprobación, en los términos que establece la...

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