Decreto Nº 6955. Decreto que Declara el Mes de Diciembre de Cada Año "mes de Proteccion a la Infancia"

Fecha de disposición09 Noviembre 1950
Número de Decreto6955
Número de registro3279937
Fecha de publicación01 Enero 1950
Número de Gaceta7207
pita1
do
la
Repdblica
Dorninicana,
a
10s
seis
dias
del
ma
de noviembre del afio mil novecientos
cuarenta
y
seis,
aaos
1033
de la Independencia,
849
dek
Restauracih
y
179
de
la
Era
d?
Truj
illo.
RAFAEL
L.
TRUJILLO.
beereto
NQ
3928
que cancela
la?
Letras Patentes
que
acreditaban
a1
se-
fisr
E,
Carles
corn0
VicteBnsul Honarario
de
le
Rep~blica
en
Jacksonville,
Florida, E.
U.
de
A.-
G.
0.
NQ
6529,
del
13
de
Naviembre
de
1946.
RAFAEL LEOBIDAS
TRUJIL;TtO
MOlLINA
Presidente de
la
Republica
Dominicana
~
-~
NUMERO
3928.
ci6n
de
la Repfiblica,
)En
virtud
de
las
airibuciones
que
me
confiere
la
Constitu-
DECRETO:
UNICO
.
-
Quedan canceladas las Letras Patentes que
acreditaban a1 sefior
E.
Carles
como
Vicec6nsul Honorario
de
la
Repfiblica en Jacksonville, Florida, Estados Unidos de
Am&
ria.
DADO
en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo
Domingo,
Ca-
pital de la Repfiblica Dorninicana, a
10s
ocho
dias del
mea
de noviembre del afio mil novecientos cuarenta
y
seis,
aiios
1039
de
la
Jndependencia,
849
de
la
Restauracih
y
179
de la
Era
de
Trujillo. RAFAEL
L.
TRUJILLO.
4~~8
~zy
y,~$y
de Sanidad
y
Asistencia P~blica toda operaci6n realizada con la
.fl
/7,bfy
i.'
='67/r/
Decreto
No
3929
que sujeta a permisos a cargo de la Secretaria
de
Estado
Estreptamicina.-
G.
0.
No
6629,
del
13
de
Noviembre
de
1946.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO
MOLINA
Presidente de
la
Republica
Dominicana
NUMERO
3929.
CONSIDERANDO
:
Que la cuota de Estreptomicina para
la
Repiiblica es
muy
pequelia.
y
que
esta droga debe ser res-
trictivamente empleada, conforme a
la
mejor prkctica m5dica7
a fin de que no se desperdicie en
lo
m8s
minimo
la
cuota asig-
nada
;
En ejercicio de la atribucidn
que
me confiere el articulo
49
jnciso
33
de la Constitucibn de la Reptiblica,
y
en
us0
de
10s
voderes de que estoy investido
por
la Ley
N9
16,
del
23
de Ju-
nio
de
1932,
sobre Me2idas de Ernergencia, dicto el siguiente
DECRETO:
Art.
1.-
La importacih,
el
retiro
de
las aduanas
y
la
vev

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