Ordenanzas Municipales. Cantón El Pan- Que deroga la Ordenanza reformatoria a la Ordenanza que reglamenta las sesiones del Concejo Cantonal, las comisiones permanentes, especiales u ocasionales y técnicas y el pago de la remuneración mensual

Fecha de publicación28 Agosto 2023
EmisorOrdenanzas Municipales
SecciónOrdenanza Municipal
Tipo de documentoOrdenanzas Municipales
Lunes 28 de agosto de 2023 Edición Especial Nº 1006 - Registro Ocial
28
1
GAD MUNICIPAL EL PAN
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN EL PAN
CONSIDERANDO:
Que, El artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que la
administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los
principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y
evaluación;
Que, El artículo 238 de la Constitución de la República del Ecuador, determina que los
Gobiernos Autónomos Descentralizados, gozarán de autonomía política,
administrativa y Financiera, y se regirán por los principios de solidaridad,
subsidiariedad, equidad, interterritorialdad, integración y participación ciudadana;
Que, Los artículos 5 y 6 del COOTAD establecen que los gobiernos autónomos
descentralizados municipales gozan de autonomía política, administrativa y
financiera; y que ninguna función del Estado ni autoridad extraña podrá interferir
en la autonomía política, administrativa y financiera propia de los gobiernos
autónomos descentralizados, salvo lo prescrito por la Constitución y las leyes de
la República;
Que, El artículo 53 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización señala que los gobiernos autónomos descentralizados
municipales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política,
administrativa y financiera. Estarán integrados por las funciones de participación
ciudadana, legislación y fiscalización y ejecutiva, previstas en este Código, para
el ejercicio de las funciones y competencias que le corresponden;
Que, El artículo 354 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización determina: Régimen aplicable. - Los servidores públicos de
cada gobierno autónomo descentralizado se regirán por el marco general que
establezca la ley que regule el servicio público y su propia normativa. En ejercicio
de su autonomía administrativa, los gobiernos autónomos descentralizados,
mediante ordenanzas o resoluciones para el caso de las juntas parroquiales
rurales, podrán regular la administración del talento humano y establecer planes
de carrera aplicados a sus propias y particulares realidades locales y
financieras”;
Que, El art. Art. 358, del COOTAD, Prescribe: Los miembros de los órganos
legislativos de los gobiernos regionales metropolitanos, municipales y
parroquiales rurales son autoridades de elección popular que se regirán por la
ley y sus propias normativas, percibirán la remuneración mensual que se fije en

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR