Decisión de la Comisión, de 28 de marzo de 2008, por la que se deroga la Decisión 2006/69/CE, relativa a la autorización de la comercialización de alimentos e ingredientes alimentarios producidos a partir de maíz Roundup Ready modificado genéticamente de la línea GA21 como nuevos alimentos o nuevos ingredientes alimentarios con arreglo al Reglamento (CE) nº 258/97 del Parlamento Europeo y del Consejo [notificada con el número C(2008) 1116]

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 28 de marzo de 2008 por la que se deroga la Decisión 2006/69/CE, relativa a la autorización de la comercialización de alimentos e ingredientes alimentarios producidos a partir de maíz Roundup Ready modificado genéticamente de la línea GA21 como nuevos alimentos o nuevos ingredientes alimentarios con arreglo al Reglamento (CE) no 258/97 del Parlamento Europeo y del Consejo [notificada con el número C(2008) 1116] (Los textos en lenguas francesa y neerlandesa son los únicos auténticos) (2008/279/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1829/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre alimentos y piensos modificados genéticamente (1),

Considerando lo siguiente:

(1) La comercialización de alimentos e ingredientes alimentarios producidos a partir de maíz modificado genéticamente de la línea GA21 (MON-ØØØ21-9) como nuevos alimentos o nuevos ingredientes alimentarios se autorizó mediante la Decisión 2006/69/CE de la Comisión, de 13 de enero de 2006, relativa a la autorización de la comercialización de alimentos e ingredientes alimentarios producidos a partir de maíz Roundup Ready modificado genéticamente de la línea GA21 como nuevos alimentos o nuevos ingredientes alimentarios con arreglo al Reglamento (CE) no 258/97 del Parlamento Europeo y del Consejo (2).

(2) El destinatario de dicha Decisión era Monsanto Europe SA, Bélgica, que representa a Monsanto Company,

EE.UU., y tenía una validez de diez años.

(3) Mediante carta de 1 de marzo de 2007 dirigida a la Comisión, Monsanto Europe SA, teniendo en cuenta que Syngenta Seeds S.A.S. ha presentado una solicitud de comercialización de los productos a base de maíz GA21, indicó que había suspendido la producción de semillas GA21 hacía varios años y dejado de venderlas en 2005, por lo que no tenía interés en mantener esa autorización a partir de la entrada en vigor de la autorización concedida a Syngenta.

(4) El 2 de octubre de 2007, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria emitió un dictamen favorable en relación con la solicitud presentada por Syngenta, con arreglo al Reglamento (CE) no 1829/2003, que incluía los productos contemplados en la Decisión 2006/69/CE.

(5) En consecuencia, conviene establecer que la derogación de la Decisión 2006/69/CE se aplique a partir de la fecha de aplicación de la...

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