Acuerdos. MPCEIP-MPCEIP-2023-0041-A Subróguense las funciones de Ministro al Magíster Alfonso Abdo Felix, Viceministro de Producción e Industrias

Fecha de publicación25 Septiembre 2023
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca
Tipo de documentoAcuerdos
Lunes 25 de septiembre de 2023Registro Ocial Nº 403
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ACUERDO Nro. MPCEIP-MPCEIP-2023-0041-A
SR. MGS. DANIEL EDUARDO LEGARDA TOUMA
MINISTRO DE PRODUCCIÓN COMERCIO EXTERIOR INVERSIONES Y
PESCA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 154, numeral 1 de la Constitución de la República, dispone que: “A las
ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les
corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir
los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión ()”;
Que, el artículo 226 de la Carta Magna, determina que: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que
actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y
facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de
coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio
de los derechos reconocidos en la Constitución”;
Que, el artículo 68 del Código Orgánico Administrativo, dispone que: “La competencia
es irrenunciable y se ejerce por los órganos o entidades señalados en el ordenamiento
jurídico, salvo los casos de delegación, avocación, suplencia, subrogación,
descentralización y desconcentración cuando se efectúen en los términos previstos en la
ley”;
Que, el artículo 82 del Código Ibídem establece: Las competencias de un órgano
administrativo pueden ser ejercidas por el jerárquico inferior en caso de ausencia del
jerárquico superior. La subrogación únicamente se aplicará en los casos previstos en la
ley”;
Que, el artículo 126 de la Ley Orgánica de Servicio Público prevé lo siguiente: "Cuando
por disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad competente, la servidora o el
servidor deba subrogar en el ejercicio de un puesto del nivel jerárquico superior, cuyo
titular se encuentre legalmente ausente, recibirá la diferencia de la remuneración
mensual unificada que corresponda al subrogado, durante el tiempo que dure el
reemplazo, a partir de la fecha de la subrogación, sin perjuicio del derecho del titular.";
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 559, de 14 de noviembre de 2018, el Presidente de
la República resolvió la fusión por absorción al Ministerio de Comercio Exterior e
Inversiones de las siguientes instituciones: el Ministerio de Industrias y Productividad, el
Instituto de Promoción de Exportaciones e Inversiones Extranjeras, y el Ministerio de
Acuacultura y Pesca;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 797 de 3 de julio de 2023, el Presidente de la
República designó al Magíster Daniel Eduardo Legarda Touma, como Ministro de
Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca;
Que, la Coordinadora General Administrativa Financiera en ejercicio de las atribuciones
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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