Acuerdos. MINEDUC-MINEDUC-2023-00029-A Desígnese a la magíster Cristina Concepción Ribadeneira Pontón como Delegada ante el Consejo de Educación Superior - CES.

Fecha de publicación15 Agosto 2023
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Educación
Tipo de documentoAcuerdos
Martes 15 de agosto de 2023 Registro Ocial Nº 374
8
Dirección: Av. Amazonas N34-451 y Av. Atahualpa.
Código postal: 170507 / Quito-Ecuador
Teléfono: 593-2-396-1300 / www.educacion.gob.ec
Ministerio de Educación
ACUERDO Nro. MINEDUC-MINEDUC-2023-00029-A
SR. MGS. ANDRÉS ERNESTO CHIRIBOGA ZUMÁRRAGA
MINISTRO DE EDUCACIÓN, SUBROGANTE
CONSIDERANDO:
QUE, el artículo 154 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador prevé: “A
las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les
corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir
los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión”;
QUE, el artículo 226 de la Carta Magna dispone: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que
actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y
facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de
coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio
de los derechos reconocidos en la Constitución”;
QUE, el artículo 233 ídem prescribe: "Ninguna servidora ni servidor público estará
exento de responsabilidades por los actos realizados en el ejercicio de sus funciones, o
por sus omisiones, y serán responsables administrativa, civil y penalmente por el manejo
y administración de fondos, bienes o recursos públicos [...]”,
QUE, el artículo 344 inciso segundo de la Constitución de la República del Ecuador
prevé: "[] El Estado ejercerá la rectoría del sistema nacional de educación a través de
la Autoridad Educativa Nacional, que formulará la política nacional de educación,
regulará y controlará las actividades relacionadas con la educación, así como el
funcionamiento de las entidades del sistema";
QUE, el artículo 167 literal a) de la Ley Orgánica de Educación Superior establece que el
Consejo de Educación Superior estará integrado entre otros miembros, por: “[...] el
Ministro de Educación o su delegado [...]”;
QUE, el artículo 25 de la LOEI establece respecto de la rectoría, niveles de gestión del
Sistema Nacional de Educación: “La Autoridad Educativa Nacional ejerce la rectoría del
Sistema Nacional de Educación a nivel nacional, garantiza y asegura el cumplimiento
cabal de las garantías y derechos constitucionales en materia educativa, ejecutando
acciones directas y conducentes a la vigencia plena, permanente de la Constitución de la
República y de conformidad con lo establecido en esta Ley []”;
QUE, el artículo 69 del Código Orgánico Administrativo establece: “Los órganos
administrativos pueden delegar el ejercicio de sus competencias, incluida la de gestión
[]”;
QUE, el artículo 71 del Código Orgánico Administrativo manda: “Son efectos de la
delegación: 1. Las decisiones delegadas se consideran adoptadas por el delegante. 2. La
responsabilidad por las decisiones adoptadas por el delegado o el delegante, según
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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