Acuerdos. MAATE-2023-082 Apruébese el estatuto y otórguese la personalidad jurídica a la “Fundación Quebradas Vivas”
Fecha de publicación | 22 Septiembre 2023 |
Sección | Acuerdos |
Emisor | Ministerio Del Ambiente, Agua y Transición Ecológica |
Tercer Suplemento Nº 402 - Registro Ocial
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Viernes 22 de septiembre de 2023
REPÚBLICA DEL ECUADOR
MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA
ACUERDO MINISTERIAL Nro. MAATE-2023-082
Darío Fernando Cueva Valdez
COORDINADOR GENERAL DE ASESORÍA JURÍDICA
CONSIDERANDO:
Que el numeral 13 del artículo 66 de la Constitución de la República del
Ecuador, establece: “Se reconoce y garantizará a las personas: (...) 13. El
derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria.
(...)”;
Que el artículo 96 de la Constitución de la República del Ecuador, señala: “Se
reconocen todas las formas de organizaciónde la sociedad, como expresión
de la soberanía popular para desarrollar procesos de autodeterminación e
incidir en las decisiones y políticas públicas y en el control social de todos
los niveles de gobierno, así como de las entidades públicas y de las privadas
que presten servicios públicos. Las organizaciones podrán articularse en
diferentes niveles para fortalecer el poder ciudadano y sus formas de
expresión; deberán garantizar la democracia interna, la alternabilidad de
sus dirigentes y la rendición de cuentas”;
Que el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, manifiesta:
“Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras
o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean
atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones
para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los
derechos reconocidos en la Constitución”;
Que el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador, expresa:“La
administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige
por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación, participación,
planificación, transparencia y evaluación”;
Que el artículo 65 del Código Orgánico Administrativo, determina:“La
competencia es la medida en la que la Constitución y la ley habilitan a un
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