Acuerdos. 0099 Refórmese el Acuerdo Ministerial Nro. 0332 de 15 de diciembre de 2022

Fecha de publicación26 Septiembre 2023
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio Del Deporte
Segundo Suplemento Nº 404 - Registro Ocial
60
Martes 26 de septiembre de 2023
ACUERDO MINISTERIAL Nro. 0099
María Belén Aguirre Crespo
SUBSECRETARIA DE DEPORTE Y ACTIVIDAD FÍSICA
DELEGADA DE LA MÁXIMA AUTORIDAD
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 24 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: “Las personas tienen
derecho a la recreación y al esparcimiento, a la práctica del deporte y al tiempo libre.”;
Que, el artículo 76 de la Constitución de la República del Ecuador, numeral 7, literal l), establece;
Las resoluciones de los poderes públicos deberán ser motivadas. No habrá motivación si en la resolución no se
enuncian las normas o principios jurídicos en que se funda y no se explica la pertinencia de su aplicación a los
antecedentes de hecho. Los actos administrativos, resoluciones o fallos que no se encuentren debidamente motivados se
considerarán nulos. Las servidoras o servidores responsables serán sancionados;
Que, el artículo 154, de la Constitución de la República del Ecuador, determina: “A las ministras y
ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las
políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión
(…)”;
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: “Las instituciones del
Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley.
Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los
derechos reconocidos en la Constitución.”;
Que, el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador, señala: La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación.;
Que, el artículo 233 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: Ninguna servidora ni
servidor público estará exento de responsabilidades por los actos realizados en el ejercicio de sus funciones o por
omisiones, y serán responsable administrativa, civil y penalmente por el manejo y administración de fondos, bienes o
recursos públicos.;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR