Acuerdo. STECSDI-STECSDI-2023-0006-A Refórmese al Estatuto Orgánico Institucional

Fecha de publicación04 Diciembre 2023
EmisorSecretaría Técnica Ecuador Crece sin Desnutrición Infantil
Lunes 4 de diciembre de 2023 Registro Ocial Nº 450
2
ACUERDO Nro. STECSDI-STECSDI-2023-0006-A
SR. MGS. ERWIN RAFAEL RONQUILLO COELLAR
SECRETARIO TÉCNICO ECUADOR CRECE SIN DESNUTRICIÓN INFANTIL
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 1 del artículo 3 de la Constitución de la República del Ecuador, establece
como deber primordial del Estado garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce
de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales, en
particular la salud, la educación, el hábitat seguro y saludable, la vivienda adecuada y
digna, la alimentación, la seguridad social y el agua para sus habitantes;
Que, el numeral 2 del artículo 11 de la Constitución de la República del Ecuador, señala
que el Estado debe adoptar medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real
a favor de los titulares de derechos que se encuentren en situación de desigualdad
Que, el artículo 35 de la Constitución de la República del Ecuador, señala que las
personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas y personas
con discapacidad, recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y
privado;
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador faculta
a las ministras y ministros de Estado a expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiera su gestión;
Que, el artículo 226 del mismo cuerpo legal establece el principio de legalidad, según el
cual las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o
servidores públicos y las personas que actúan en virtud de una potestad estatal, ejercerán
solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la
Ley;
Que, el artículo 227 de la Carta Magna, señala que: “La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia,
eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planificación, transparencia y evaluación”;
Que, el artículo 77 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, otorga
atribuciones a los Ministros de Estado y a las máximas autoridades de las instituciones
del Estado, entre ellas, la señalada en su literal e): "Dictar los correspondientes
reglamentos y demás normas secundarias necesarias para el eficiente, efectivo y
económico funcionamientos de las instituciones (...)";
Que, el artículo 130 del Código Orgánico Administrativo preceptúa: "Las máximas
autoridades administrativas tienen competencia normativa de carácter administrativo
únicamente para regular los asuntos internos del órgano a su cargo, salvo los casos en
los que la ley prevea esta competencia para la máxima autoridad legislativa de una
administración pública. La competencia regulatoria de las actuaciones de las personas
debe estar expresamente atribuida en la ley”;
Que, con Decreto Ejecutivo Nro. 1211, de 15 de diciembre de 2020, el entonces
Presidente de la República del Ecuador aprobó la Estrategia Nacional Ecuador Crece Sin
Desnutrición y definió el “Paquete Priorizado” destinado a atender a gestantes y a niños y
niñas menores de 24 meses de edad; así como, las entidades responsables de la provisión
y articulación de dicho paquete;
Que, con Decreto Ejecutivo Nro. 92 de 06 de julio de 2021, el Presidente de la República
del Ecuador dispuso la transformación de la Secretaría Técnica del Plan Toda una Vida
en la “Secretaría Técnica Ecuador Crece Sin Desnutrición Infantil", como un organismo
de derecho público, con personalidad jurídica, patrimonio propio, dotada de autonomía
presupuestaria, financiera, administrativa y de gestión, adscrita a la Presidencia de la
República;
Que, en el Decreto Ejecutivo ut supra, en su artículo 3, se estableció las atribuciones y
competencias de la “Secretaría Técnica Ecuador Crece Sin Desnutrición Infantil";
Que, mediante Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2021-223 de 25 de agosto de 2021, el
Ministerio de Trabajo expidió la "Norma Técnica para la elaboración de los instrumentos
de gestión institucional de las entidades de la Función Ejecutiva";
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 278 de 01 de diciembre de 2021, el Presidente
Constitucional de la República del Ecuador resolvió: “Artículo 1.- Designar al señor
Erwin Rafael Ronquillo Coellar como Secretario Técnico Ecuador Crece Sin
Desnutrición Infantil”;
Que, con Acuerdo Nro. STECSDI-STECSDI-2021-0025-A, de 01 de diciembre de 2021,
el Secretario Técnico Ecuador Crece Sin Desnutrición Infantil, expidió el Estatuto
Orgánico Institucional de la Secretaria Técnica Ecuador Crece Sin Desnutrición Infantil;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 404 de 21 de abril de 2022, el Presidente de la
República del Ecuador reformó el Decreto Ejecutivo 1211, disponiendo que las entidades
responsables del "Paquete Priorizado” bajo la coordinación y en conjunto con la
Secretaria Técnica Ecuador Crece Sin Desnutrición Infantil implementarán la Plataforma
Intersectorial de Corte Longitudinal con Interoperabilidad de Datos, con su respectivo
modelo de gestión; así como, desarrollará y administrará esta plataforma; y reforma la
frase “Estrategia Nacional Ecuador Crece Sin Desnutrición” por “Estrategia Nacional
Ecuador Crece Sin Desnutrición Infantil”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 435 de 01 de junio de 2022, el Presidente de la
República creó el “Bono 1000 Días" y dispuso a la Secretaría Técnica Ecuador Crece Sin
Desnutrición Infantil articule la identificación y elaboración de la base de datos de
posibles beneficiarios, así como la elaboración de un informe anual de evaluación y
resultados de la política pública de reducción de la desnutrición crónica infantil, que
permita determinar la efectividad y pertinencia de este programa;
Que, con Oficio Nro. STECSDI-STECSDI-2023-0233-OF, de 18 de agosto de 2023, la
Secretaría Técnica Ecuador Crece Sin Desnutrición Infantil, remitió a la Secretaría
Lunes 4 de diciembre de 2023Registro Ocial Nº 450
3
debe estar expresamente atribuida en la ley”;
Que, con Decreto Ejecutivo Nro. 1211, de 15 de diciembre de 2020, el entonces
Presidente de la República del Ecuador aprobó la Estrategia Nacional Ecuador Crece Sin
Desnutrición y definió el “Paquete Priorizado” destinado a atender a gestantes y a niños y
niñas menores de 24 meses de edad; así como, las entidades responsables de la provisión
y articulación de dicho paquete;
Que, con Decreto Ejecutivo Nro. 92 de 06 de julio de 2021, el Presidente de la República
del Ecuador dispuso la transformación de la Secretaría Técnica del Plan Toda una Vida
en la “Secretaría Técnica Ecuador Crece Sin Desnutrición Infantil", como un organismo
de derecho público, con personalidad jurídica, patrimonio propio, dotada de autonomía
presupuestaria, financiera, administrativa y de gestión, adscrita a la Presidencia de la
República;
Que, en el Decreto Ejecutivo ut supra, en su artículo 3, se estableció las atribuciones y
competencias de la “Secretaría Técnica Ecuador Crece Sin Desnutrición Infantil";
Que, mediante Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2021-223 de 25 de agosto de 2021, el
Ministerio de Trabajo expidió la "Norma Técnica para la elaboración de los instrumentos
de gestión institucional de las entidades de la Función Ejecutiva";
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 278 de 01 de diciembre de 2021, el Presidente
Constitucional de la República del Ecuador resolvió: “Artículo 1.- Designar al señor
Erwin Rafael Ronquillo Coellar como Secretario Técnico Ecuador Crece Sin
Desnutrición Infantil”;
Que, con Acuerdo Nro. STECSDI-STECSDI-2021-0025-A, de 01 de diciembre de 2021,
el Secretario Técnico Ecuador Crece Sin Desnutrición Infantil, expidió el Estatuto
Orgánico Institucional de la Secretaria Técnica Ecuador Crece Sin Desnutrición Infantil;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 404 de 21 de abril de 2022, el Presidente de la
República del Ecuador reformó el Decreto Ejecutivo 1211, disponiendo que las entidades
responsables del "Paquete Priorizado” bajo la coordinación y en conjunto con la
Secretaria Técnica Ecuador Crece Sin Desnutrición Infantil implementarán la Plataforma
Intersectorial de Corte Longitudinal con Interoperabilidad de Datos, con su respectivo
modelo de gestión; así como, desarrollará y administrará esta plataforma; y reforma la
frase “Estrategia Nacional Ecuador Crece Sin Desnutrición” por “Estrategia Nacional
Ecuador Crece Sin Desnutrición Infantil”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 435 de 01 de junio de 2022, el Presidente de la
República creó el “Bono 1000 Días" y dispuso a la Secretaría Técnica Ecuador Crece Sin
Desnutrición Infantil articule la identificación y elaboración de la base de datos de
posibles beneficiarios, así como la elaboración de un informe anual de evaluación y
resultados de la política pública de reducción de la desnutrición crónica infantil, que
permita determinar la efectividad y pertinencia de este programa;
Que, con Oficio Nro. STECSDI-STECSDI-2023-0233-OF, de 18 de agosto de 2023, la
Secretaría Técnica Ecuador Crece Sin Desnutrición Infantil, remitió a la Secretaría
Lunes 4 de diciembre de 2023 Registro Ocial Nº 450
4
General Administrativa de la Presidencia de la República, la solicitud de aprobación de la
reforma de los instrumentos técnicos de gestión institucional, a fin de que, en su calidad
de ente rector, realice las gestiones pertinentes ante el Ministerio del Trabajo;
Que, mediante Oficio Nro. PR-SGAP-2023-0379-O, de 22 de agosto de 2023, la
Secretaría General Administrativa de la Presidencia de la República, solicitó al Ministerio
del Trabajo para la aprobación de la reforma de los Instrumentos Técnicos de Gestión
Institucional de la Secretaría Técnica Ecuador Crece sin Desnutrición Infantil, al cual
adjuntó los siguientes documentos habilitantes: 1. Matriz de Competencias validada por
MDT (debidamente firmada), 2. Modelo de Gestión Institucional validada por MDT
(debidamente firmada), 3. Estructura Organizacional validada por MDT (pdf), 4. Estatuto
Orgánico validado MDT (pdf), 5. Informe Técnico Nro. STECSDI-DATH-2023-0173-IT
emitido por la Dirección de Administración de Talento Humano;
Que, con Oficio No. MDT-VSP-2023-0375-O de 27 de septiembre de 2023, el
Viceministro del Servicio Público del Ministerio de Trabajo, remitió a la Secretaria
General Administrativa de la Presidencia de la República, los siguientes documentos
aprobados: Matriz de Competencias, Modelo de Gestión Institucional, Rediseño de la
Estructura Organizacional, y Proyecto de Reforma al Estatuto Orgánico de la Secretaría
Técnica Ecuador Crece Sin Desnutrición Infantil(STECSDI);
Que, a través de Oficio Nro. PR-SGAP-2023-0475-O de 28 de septiembre de 2023, la
Secretaria General Administrativa de la Presidencia de la República informó al Secretario
Técnico Ecuador Crece Sin Desnutrición Infantil que: “() con Oficio Nro.
MDT-VSP-2023-0375-O de 27 de septiembre de 2023, el Ministerio del Trabajo en el
ámbito de sus competencias, aprobó la Matriz de Competencias, Modelo de Gestión
Institucional, Rediseño de la Estructura Organizacional y Proyecto de Reforma al
Estatuto Orgánico de La Secretaría Técnica Ecuador Crece Sin Desnutrición
Infantil(STECSDI). En este contexto, se insta la ejecución de las acciones pertinentes
para la expedición del Estatuto Orgánico correspondiente. ()”;
Que, mediante Memorando No. STECSDI-CGAF-2023-0302-M de 28 de septiembre de
2023, el Coordinador General Administrativo Financiero Subrogante de la STECSDI,
solicitó al Secretario Técnico Ecuador Crece Sin Desnutrición Infantil, lo siguiente: “()
toda vez que el Proyecto de reforma al Estatuto Orgánico de la Secretaría Técnica
Ecuador Crece Sin Desnutrición Infantil, se encuentra sustentado en el Informe Técnico
No. STECSDI-DATH-2023-0173-IT del 18 de agosto de 2023, así como también cuenta
con la aprobación del Ministerio del Trabajo, conforme la normativa aplicable a estos
procesos administrativos, solicito gentilmente disponer a la Dirección de Asesoría
Jurídica, la elaboración del proyecto final de Acuerdo, para la expedición del Estatuto
Orgánico Institucional de la Secretaría Técnica Ecuador Crece Sin Desnutrición Infantil
a fin de que sea suscrita por su autoridad.”;
Que, mediante sumilla inserta al antedicho memorando, el Secretario Técnico Ecuador
Crece Sin Desnutrición Infantil dispuso a la Dirección de Asesoría Jurídica lo siguiente:
“() para su análisis y preparación del proyecto final de Acuerdo, para la emisión del
Estatuto Orgánico Institucional de la Secretaría Técnica Ecuador Crece Sin
Desnutrición Infantil, conforme los documentos emitidos por MDT y la Secretaría
General Administrativa de la Presidencia de la República.”; y,
Que, con Memorando Nro. STECSDI-DAJ-2023-0198-M de 03 de octubre de 2023, la
Dirección de Asesoría Jurídica emitió criterio jurídico favorable a la reforma del Estatuto
Orgánico Institucional
de la Secretaría Técnica Ecuador Crece sin Desnutrición infantil.
En ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 154 de la Constitución de la
República del Ecuador,
ACUERDA:
Expedir la REFORMA AL ESTATUTO ORGÁNICO INSTITUCIONAL DE LA
SECRETARIA TÉCNICA ECUADOR CRECE SIN DESNUTRICIÓN INFANTIL,
expedido mediante Acuerdo Nro. STECSDI-STECSDI-2021-0025-A de 01 de diciembre
de 2021, publicado en el Registro Oficial 604 de 23 de diciembre de 2021.
CAPÍTULO I
DEL DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO
Artículo 1.- La Secretaría Técnica Ecuador Crece Sin Desnutrición Infantil se alinea con
su misión y define su estructura organizacional, sustentada en su base legal y
direccionamiento estratégico institucional determinados en su matriz de competencias,
planificación institucional y modelo de gestión.
Artículo 2.- Misión y Visión.-
Misión: Prevenir y reducir la desnutrición crónica infantil en el Ecuador, a través de una
eficiente y oportuna articulación a nivel intersectorial para la construcción,
implementación y monitoreo de estrategias y planes sostenibles que favorezcan a la
población objetivo.
Visión: Ser la entidad referente de la articulación en la implementación de estrategias
sostenibles e integradoras de políticas públicas, que garantice la prevención, disminución
y erradicación de la desnutrición crónica infantil en el Ecuador al año 2030.
Artículo 3.- Principios y Valores.- Los principios y valores sobre los cuales se edifica el
trabajo que cumple la Secretaría Técnica Ecuador Crece Sin Desnutrición Infantil, se
fundamenta en el absoluto respeto a la Constitución de la República del Ecuador, la ley,
su estatuto orgánico institucional, su misión y visión institucional:
1. Calidez.- La Secretaría Técnica Ecuador Crece Sin Desnutrición Infantil reconoce la
atención y el servicio al ciudadano, a los servidores y trabajadores, con la
amabilidad, cordialidad, solidaridad y cortesía, las diferencias y aceptando su
diversidad.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR