5. términos y condiciones para la distribución del fondo previsto en el presupuesto de egresos de la federación para el ejercicio fiscal 2018, en beneficio de las entidades federativas y los municipios para la captación y profesionalización, así como para la modernización de tecnologías de la información y comunicaciones.

Fecha de publicación12 Enero 2018
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Enero 12 de 2018
 Periodico Ocial
(Primera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 27 de diciembre de 2017
TÉRMINOS y condiciones pa ra la distribución del fondo previsto en el Pres upuesto de Egresos de la Federación
para el ejercicio fiscal 2018, en beneficio de las entidades federativas y municipios para la ca pacitación y
profesionalización, así como para la modernización de tecn ologías de la información y comunicaciones.
rminos y condiciones para la distribución del fondo previsto en el Presupuesto de Egresos de la
Federación para el ejercicio fiscal 2018, en beneficio de las entidades federativas y municipios para la
capacitación y profesionalización, así como para la modernización de tecnologías de la información y
comunicaciones.
El Consejo Nacional de Armonización Contable con fundamento en los artículos 6, 7, 9 y 14 de la Ley
General de Contabilidad Gubernamental, aprobó los siguientes:
TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA LA DISTRIBUCIÓN DEL FONDO PREVISTO EN EL PRESUPUESTO
DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018, EN BENEFICIO DE LAS
ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS PARA LA CAPACITACIÓN Y PROFESIONALIZACIÓN, ASÍ
COMO PARA LA MODERNIZACIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES
CONSIDERANDO
Que en el artículo 43 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018, se
aprobaron recursos para el proceso de la armonización contable, en el Anexo 21 Programas del Ramo
General 23 Provisiones Salariales y Económicas por $ 56,356,971 (Provisión para la Armonización Contable);
y que dichas previsiones presupuestarias están destinadas en beneficio de las entidades federativas y los
municipios, para la capacitación y profesionalización de las unidades administrativas competentes en materia
de contabilidad gubernamental, así como para la modernización de tecnologías de la información y
comunicaciones que permitan el cumplimiento de la armonización contable en los tres órdenes de gobierno.
Que el Secretario Técnico del Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), en cumplimiento de
sus facultades para asesorar y capacitar a los entes públicos en lo relacionado con la instrumentación e
interpretación de las normas contables emitidas por el CONAC, presenta al Consejo en la reunión de trabajo
celebrada el 08 de diciembre de 2017, los términos y condiciones para la distribución del fondo previsto en el
Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018, a las entidades federativas y sus
municipios.
Que para los efectos anteriores se tiene la obligación del Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría
Hacienda y Crédito Público, con la participación que corresponda del CONAC, de establecer los términos y
condiciones para la distribución del fondo previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
Por lo expuesto, el Consejo Nacional de Armonización Contable aprobó los siguientes:
TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA LA DISTRIBUCIÓN DEL FONDO PREVISTO EN EL PRESUPUESTO
DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018, EN BENEFICIO DE LAS
ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS PARA LA CAPACITACIÓN Y PROFESIONALIZACIÓN, ASÍ
COMO PARA LA MODERNIZACIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES
Objeto
1. Establecer los términos y condiciones para la distribución del fondo previsto en el Presupuesto de
Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018 (PEF 2018), para el otorgamiento de recursos
que se destinarán en beneficio de las entidades federativas y los municipios para la capacitación y
profesionalización de los servidores públicos adscritos a las unidades administrativas que deben
adoptar e implementar la Ley y las disposiciones emitidas por el Consejo, así como para la
modernización de tecnologías de la información y comunicaciones que permitan el cumplimiento de
la armonización contable de los tres órdenes de gobierno conforme a lo dispuesto en la Ley General
de Contabilidad Gubernamental (LGCG).
Población Objetivo
2. Tratándose de capacitación, la población objetivo son los servidores públicos adscritos a los entes
públicos señalados en el artículo 1, segundo párrafo de la LGCG.

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