Decreto Ley 4281

GobiernoAdministrativa - Organización Judicial
Número de Edición4281
Fecha de Publicación31 de Diciembre de 1955

29 de Diciembre 1955

DECRETO LEY Nº 4281

VICTOR PAZ ESTENSSORO

Presidente Constitucional de la República

CONSIDERANDO.

Que el número excesivo de juicios sociales remitidos en recurso de nulidad ante la Excma. Corte Suprema de Justicia, recarga de manera considerable las labores de la Sala Penal, donde actualmente son resueltos , perjudicando el pronto despacho de los juicios criminales que específicamente pertenecen a esta sala y que son igualmente numerosos;

Que se hace necesario completar el personal del Supremo Tribunal con la creación de otra Sala que se entienda privativamente del conocimiento y resolución de los juicios sociales elevados en recurso de nulidad.

En Consejo de Ministros y con cargo de aprobación legislativa:

DECRETA:

Artículo 1º.-- Créase en la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, la Sala Social, compuesta de cinco ministros, que serán nombrados mediante Decreto Supremo.

Artículo2º.-- Esta Sala conocerá de los juicios sociales con sujeción a la Ley general del Trabajo y demás disposiciones legales en vigencia, observando, en cuanto a su régimen interno y funciones, las prescripciones de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de 29 de diciembre de 1932.

Artículo 3º.-- La sala Social se reunirá con las otras Salas en Corte plena para los efectos del artículo 7º de la Ley de 29 de septiembre de 1932 y, en esos casos, las resoluciones se adoptarán con ocho votos conformes, con la excepción prevista en la última parte del citado artículo 7º.

Artículo 4º.-- Conforme al artículo 57 de la Ley de Organización Judicial y a la 2º parte del artículo 1º de la Ley del 29 de septiembre de 1932, el Presidente del Supremo Tribunal, lo será también de la Sala Social.

Artículo 5º.- Los Vocales de la Corte Nacional del Trabajo y el Inspector...

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