Punto 13°, Acta Número 25-2013

Fecha de Entrada en Vigor 8 de Junio de 2013

CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA CATARINA PINULA,

DEPARTAMENTO DE GUATEMALA

PUNTO 13°, ACTA NÚMERO 25-2013

SESIÓN ORDINARIA, DE FECHA 30 DE MAYO DEL AÑO 2013.

CONSIDERANDO:

Que la Municipalidad de Santa Catarina Pinula, por intermedio del Juzgado de Asuntos municipales y de Tránsito, ha impuesto a las personas, conductores y propietarios de vehículos, multas por no haber observado, violado o incumplido las disposiciones de la Ley de Tránsito y su Reglamento.

CONSIDERANDO:

Que el Código Municipal faculta al Concejo Municipal para resolver, con el voto favorable de las dos terceras (2/3) partes del total de los miembros que lo integran la condonación o la rebaja de multas y recargos por falta de pago de arbitrios, tasas y otras contribuciones y derechos, siempre que lo adeudado se cubra en el tiempo que se señale;

POR TANTO:

Con base en lo considerado y en lo que poro el efecto preceptúan los artículos 253, 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 3, 35, 100, 101, 105, 106 del Código Municipal, 45 de la Ley de Tránsito 188 y 189 de su reglamento;

ACUERDA:

ARTÍCULO 1. Exonerar a partir de la vigencia del presente Acuerdo, hasta el treinta y uno de julio de dos mil trece, a todas las personas conductores y propietarios de vehículos que fueron sancionados con multas por parte del Juzgado de Asuntos Municipales y de Tránsito, por no haber observado, violado o incumplido con las disposiciones de la Ley de Tránsito y su Reglamento, hasta por el monto del cincuenta...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR